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Ley 4/2011, de 30 de junio, de convivencia y participación de la comunidad educativa.
En vigor Comunidad Autónoma de Galicia · Publicada el 30 de julio de 2011 · Último cambio el 31 de diciembre de 2025 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- TÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Fines y principios informadores de las normas sobre convivencia en los centros docentes.
- Artículo 4. Fines y principios informadores de las normas sobre participación directa de las familias en la enseñanza y en el proceso educativo.
- TÍTULO II
- Artículo 5. Disposición general.
- Artículo 6. Derechos y deberes de las madres y padres o de las tutoras o tutores.
- Artículo 7. Derechos y deberes del alumnado.
- Artículo 8. Derechos y deberes del profesorado.
- Artículo 9. Derechos y deberes del personal de administración y de servicios.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 10. Plan de convivencia y normas de convivencia.
- Artículo 11. Condición de autoridad pública del profesorado.
- Artículo 12. Incumplimiento de las normas de convivencia.
- Artículo 13. Responsabilidad y reparación de daños.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 14. Clases de conductas contrarias a la convivencia.
- Artículo 15. Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia.
- Artículo 16. Conductas leves contrarias a la convivencia.
- Artículo 17. Prescripción de las conductas contrarias a la convivencia.
- Sección 2
- Artículo 18. Principios generales de las medidas correctoras.
- Artículo 19. Programas y actuaciones complementarias a las medidas correctoras.
- Artículo 20. Procedimientos conciliados de resolución de los conflictos.
- Artículo 21. Medidas correctoras de las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia.
- Artículo 22. Medidas correctoras de las conductas leves contrarias a la convivencia.
- Artículo 23. Graduación de las medidas correctoras.
- Artículo 24. Prescripción de las medidas correctoras.
- Sección 3
- Artículo 25. Procedimiento para la imposición de medidas correctoras de conductas gravemente perjudiciales para la convivencia.
- Artículo 26. Procedimiento para la imposición de medidas correctoras de conductas leves contrarias a la convivencia.
- Artículo 27. Responsabilidad de las madres y padres o de las tutoras o tutores.
- CAPÍTULO III
- Artículo 28. Acoso escolar.
- Artículo 29. Protección integral de las víctimas.
- Artículo 30. Medidas para la prevención, detección y tratamiento de las situaciones de acoso escolar.
- TITULO IV
- Artículo 31. Procedimientos de consulta y participación directa en la enseñanza.
- Artículo 32. Principios generales y garantías de los procedimientos de consulta y participación directa.
- Artículo 33. Acceso de las madres y padres o de las tutoras o tutores al profesorado y a los equipos directivos de los centros docentes.
- Disposición adicional primera. Asistencia jurídica al profesorado y al personal no docente que dependa de la Administración educativa.
- Disposición adicional segunda. Medios electrónicos de comunicación.
- Disposición adicional tercera. Medidas complementarias.
- Disposición adicional cuarta. Centros privados sostenidos con fondos públicos.
- Disposición adicional quinta. Guarda y acogimiento.
- Disposición adicional sexta. Promoción de la autonomía de los centros.
- Disposición adicional séptima. Escuelas de madres y padres.
- Disposición adicional octava. Oficina de Apoyo al Profesorado de los centros docentes públicos.
- Disposición transitoria primera. Procedimientos disciplinarios en tramitación.
- Disposición transitoria segunda. Normativa reglamentaria de desarrollo.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Firma


