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Legislación › Real Decreto 1026/2011, de 15 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Mutualismo Judicial.

Disposición final tercera. Entrada en vigor.

Disposición final tercera. Entrada en vigor.

El presente real decreto y el reglamento que por él se aprueba, entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

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