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Legislación › Real Decreto 1101/2011, de 22 de julio, por el que se aprueba la lista positiva de los disolventes de extracción que se pueden utilizar en la fabricación de productos alimenticios y de sus ingredientes.

Artículo 5. Criterios de pureza.

Artículo 5. Criterios de pureza.

Los disolventes de extracción utilizados en la fabricación de productos alimenticios o de sus ingredientes tienen que cumplir los siguientes criterios:

a) no contener una cantidad toxicológicamente peligrosa de cualquier elemento o sustancia;

b) el contenido de plomo y arsénico tiene que ser inferior a 1 mg/kg;

c) responder a los criterios específicos de pureza establecidos en el anexo.

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