Legislación › Real Decreto 1101/2011, de 22 de julio, por el que se aprueba la lista positiva de los disolventes de extracción que se pueden utilizar en la fabricación de productos alimenticios y de sus ingredientes.
Artículo 5. Criterios de pureza.
Artículo 5. Criterios de pureza.
Los disolventes de extracción utilizados en la fabricación de productos alimenticios o de sus ingredientes tienen que cumplir los siguientes criterios:
a) no contener una cantidad toxicológicamente peligrosa de cualquier elemento o sustancia;
b) el contenido de plomo y arsénico tiene que ser inferior a 1 mg/kg;
c) responder a los criterios específicos de pureza establecidos en el anexo.


