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Legislación › Resolución de 2 de agosto de 2011, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 29 de julio de 2011, por el que se aprueba el Plan Estatal de Protección Civil ante el riesgo de inundaciones.

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7. Mantenimiento e implantación del Plan

El mantenimiento del Plan Estatal tiene los siguientes objetivos:

• Comprobar y mejorar la eficacia del Plan.

• Incorporar los cambios pertinentes aconsejados por la adquisición de nuevos conocimientos sobre el riesgo de inundaciones.

Las acciones de mantenimiento serán las siguientes:

• Revisión de los datos referentes al riesgo de inundaciones y del sistema de información hidrometeorológica.

• Difusión del Plan entre las instituciones y el personal involucrado en su aplicación.

• Contribuir a la mejora del conocimiento sobre el riesgo de inundaciones y las medidas de autoprotección entre los/las ciudadanos/as.

• Realización de ejercicios y simulacros.

Para la realización de estas actuaciones se recabará la colaboración de los órganos competentes en materia de protección civil de las Comunidades Autónomas.

Realizar acciones de formación dirigidas a los componentes de los servicios de intervención, para que puedan atender adecuadamente las necesidades de las personas con discapacidad y otros grupos en situación de vulnerabilidad

Se modifica por el apartado 5.3 de la Orden PCI/1283/2019, de 27 de diciembre. BOE-A-2020-47

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
23 de enero de 2020 En vigor BOE-A-2020-47 Leer Qué cambió
2 de septiembre de 2011 Texto original Leer

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