Legislación › Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo.
Artículo 58. Reconocimiento institucional de la presencia de las víctimas.
Artículo 58. Reconocimiento institucional de la presencia de las víctimas.
Se velará por destacar la presencia protocolaria y el reconocimiento social de las víctimas del terrorismo en todos los actos institucionales que les afecten.


