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Legislación › Real Decreto 1337/2011, de 3 de octubre, por el que se regulan los fondos y programas operativos de las organizaciones de productores de frutas y hortalizas.

Artículo 7. Presentación.

Artículo 7. Presentación.

Los proyectos de programas operativos establecidos por el artículo 103 quáter del Reglamento (CE) n.º 1234/2007, deberán ser presentados para su aprobación por las organizaciones de productores ante el órgano competente, a más tardar el 15 de septiembre del año anterior al del inicio de su aplicación.

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