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Real Decreto 1337/2011, de 3 de octubre, por el que se regulan los fondos y programas operativos de las organizaciones de productores de frutas y hortalizas.

Derogada o sin vigencia Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino · Publicada el 4 de octubre de 2011 · Último cambio el 31 de mayo de 2017 · Ver en el BOE

Índice

  1. no 2 redacciones · cambió el 31/05/2017
  2. Preámbulo
  3. CAPÍTULO I
  4. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
  5. CAPÍTULO II
  6. Artículo 2. Cálculo.
  7. Artículo 3. Período de referencia.
  8. CAPÍTULO III
  9. Artículo 4. Gestión.
  10. Artículo 5. Constitución y financiación.
  11. Artículo 6. Información y documentación a presentar anualmente.
  12. CAPÍTULO IV
  13. Artículo 7. Presentación.
  14. Artículo 8. Formato y contenido.
  15. Artículo 9. Medidas de prevención y gestión de crisis.
  16. Artículo 10. Financiación de retiradas y de operaciones de cosecha en verde y no cosecha. 2 redacciones · cambió el 22/11/2014
  17. Artículo 11. Costes específicos recogidos en el apartado 1 del anexo IX del Reglamento de Ejecución (UE) n.º 543/2011. 2 redacciones · cambió el 05/03/2014
  18. Artículo 12. Costes de transporte externos adicionales.
  19. Artículo 13. Modificaciones de los programas operativos relativas a anualidades no comenzadas.
  20. Artículo 14. Modificaciones de los programas operativos durante la anualidad en curso. 2 redacciones · cambió el 22/11/2014
  21. Artículo 15. Decisión sobre las modificaciones de los programas operativos recogidas en los artículos 13 y 14.
  22. Artículo 16. Recuperación de la inversión o su valor residual realizadas en las instalaciones de miembros productores que causen baja en las organizaciones de productores.
  23. CAPÍTULO V
  24. Artículo 17. Presentación. 2 redacciones · cambió el 22/11/2014
  25. Artículo 18. Financiación. 2 redacciones · cambió el 22/11/2014
  26. Artículo 19. Modificaciones de los programas. 2 redacciones · cambió el 22/11/2014
  27. Artículo 20. Decisión por parte del órgano competente sobre los programas y sus modificaciones. 2 redacciones · cambió el 22/11/2014
  28. Artículo 21. Solicitud de la ayuda en caso de programas operativos totales. 2 redacciones · cambió el 22/11/2014
  29. Artículo 22. Solicitud de la ayuda en caso de programas operativos parciales. 2 redacciones · cambió el 22/11/2014
  30. CAPÍTULO VI
  31. Artículo 23. Solicitudes de ayuda. 2 redacciones · cambió el 22/11/2014
  32. Artículo 24. Cuenta justificativa.
  33. Artículo 25. Controles.
  34. Artículo 26. Programas operativos con acciones transnacionales.
  35. CAPÍTULO VII
  36. Artículo 27. Coordinación en la aprobación y control de los programas operativos y sus modificaciones. 2 redacciones · cambió el 22/11/2014
  37. Disposición adicional única. Derogación del Reglamento (CE) n.º 1234/2007.
  38. Disposición transitoria primera. Programas operativos aprobados en virtud del Reglamento (CE) n.º 2200/96 del Consejo, de 28 de octubre, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de frutas y hortalizas y del Reglamento (CE) n.º 1433/2003 de la Comisión, de 11 de agosto, por el que se establecen disposiciones de aplicación del reglamento (CE) n.º 2200/96 del Consejo en
  39. Disposición transitoria segunda. Fondos operativos 2011.
  40. Disposición transitoria tercera. Plazos de presentación en 2011.
  41. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  42. Disposición final primera. Título competencial.
  43. Disposición final segunda. Facultad de desarrollo y modificación.
  44. Disposición final tercera. Entrada en vigor.
  45. Firma
  46. ANEXO I
  47. ANEXO II
  48. ANEXO III
  49. ANEXO IV
  50. ANEXO V
  51. ANEXO VI
  52. ANEXO VII
  53. ANEXO VIII
  54. ANEXO IX