Legislación › Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública.
Disposición final quinta. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
Disposición final quinta. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
El Gobierno y la persona titular del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, en el ámbito de sus respectivas competencias, dictarán las disposiciones que sean necesarias para el desarrollo y aplicación de esta ley.


