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Legislación › Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública.

Disposición final quinta. Habilitación para el desarrollo reglamentario.

Disposición final quinta. Habilitación para el desarrollo reglamentario.

El Gobierno y la persona titular del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, en el ámbito de sus respectivas competencias, dictarán las disposiciones que sean necesarias para el desarrollo y aplicación de esta ley.

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