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Legislación › Ley 17/2008, de 23 de diciembre, de Política Agraria y Alimentaria.

Disposición adicional segunda. Modificaciones presupuestarias.

Disposición adicional segunda. Modificaciones presupuestarias.

Se autoriza al departamento competente en materia hacendística y presupuestaria para la realización de las modificaciones presupuestarias que resulten pertinentes para la adecuación de los ingresos y gastos a las necesidades derivadas de la aplicación de la presente ley.

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