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Legislación › Orden EDU/2886/2011, de 20 de octubre, por la que se regula la convocatoria, reconocimiento, certificación y registro de las actividades de formación permanente del profesorado.

Artículo 28. Actividades desarrolladas por el personal docente en la Administración educativa.

Artículo 28. Actividades desarrolladas por el personal docente en la Administración educativa.

Al personal docente que ocupe puestos de trabajo en la Administración educativa se le reconocerá las funciones desarrolladas a efectos de formación permanente del profesorado mediante la asignación de 20 horas de formación por cada año completo de servicios prestados o 5 horas por cada trimestre completado. El certificado se ajustará al anexo VII.

Documentación necesaria: Documento de concesión de la comisión de servicios en el que deberán constar las fechas de inicio y finalización de la misma.

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