Legislación › Orden
Orden EDU/2886/2011, de 20 de octubre, por la que se regula la convocatoria, reconocimiento, certificación y registro de las actividades de formación permanente del profesorado.
En vigor Ministerio de Educación · Publicada el 28 de octubre de 2011 · Último cambio el 28 de octubre de 2011 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Concepto de formación permanente del profesorado.
- Artículo 3. Entidades organizadoras de la formación.
- Artículo 4. Ámbito de aplicación y destinatarios.
- CAPÍTULO II
- Artículo 5. Modalidades de las acciones formativas.
- Artículo 6. Características de las acciones formativas.
- Artículo 7. Definición y características de las personas responsables.
- CAPÍTULO III
- Artículo 8. Diseño de actividades
- Artículo 9. Evaluación de los participantes.
- Artículo 10. Características específicas de las actividades de formación en red.
- Artículo 11. Evaluación, reconocimiento y convocatoria de actividades.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 12. Requisitos.
- Artículo 13. Condiciones.
- Artículo 14. Renovación.
- Artículo 15. Reconocimiento de actividades sin convenio.
- CAPÍTULO V
- Artículo 16. Registro de Formación Permanente del Profesorado.
- Artículo 17. Procedimiento.
- Artículo 18. Certificados y diligencias.
- Artículo 19. Contenido de los certificados y diligencias.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 20. Proyectos de investigación.
- Artículo 21. Actividades de formación organizadas por Universidades.
- Artículo 22. Equivalencia de titulaciones obtenidas.
- Artículo 23. Proyectos de innovación.
- Artículo 24. Actividades realizadas en el extranjero.
- Artículo 25. Programas internacionales.
- Artículo 26. Programas institucionales.
- Artículo 27. Tutoría y coordinación de prácticas.
- Artículo 28. Actividades desarrolladas por el personal docente en la Administración educativa.
- Artículo 29. Procedimiento de reconocimiento y certificación a solicitud de las personas interesadas.
- Disposición adicional primera. Reconocimiento de actividades reconocidas en otras Administraciones educativas.
- Disposición adicional segunda. Créditos de formación.
- Disposición adicional tercera. Referencias genéricas.
- Disposición transitoria única. Reconocimiento, certificación y registro de actividades realizadas con anterioridad a la presente Orden.
- Disposición derogatoria. Normas que se derogan.
- Disposición final primera. Aplicación de la Orden.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Firma
- ANEXO I
- ANEXO II
- ANEXO III
- ANEXO IV
- ANEXO V
- ANEXO VI
- ANEXO VII
- ANEXO VIII


