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Legislación › Orden EDU/2886/2011, de 20 de octubre, por la que se regula la convocatoria, reconocimiento, certificación y registro de las actividades de formación permanente del profesorado.

Disposición adicional segunda. Créditos de formación.

Disposición adicional segunda. Créditos de formación.

A efectos del reconocimiento de complementos retributivos al profesorado, vinculados a la realización de la formación, se considerará la siguiente equivalencia: un crédito de formación es igual a diez horas de formación.

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