Legislación › Ley 1/2006, de 23 de junio, de Aguas.
Disposición transitoria cuarta.
Disposición transitoria cuarta.
Los convenios de infraestructuras hidráulicas vigentes en el momento de la aprobación de esta ley mantendrán su vigencia hasta la terminación de las obras que estén recogidas en dichos convenios.
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