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Legislación › Ley 7/2006, de 1 de diciembre, de Museos de Euskadi.

Disposición final primera.

Disposición final primera.

Se autoriza al Gobierno Vasco para dictar las disposiciones reglamentarias que sean necesarias para el desarrollo de esta ley, y para proceder a la actualización de las sanciones de acuerdo con el índice anual de precios al consumo.

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