LexTotal

Legislación › Ley 5/2011, de 30 de septiembre, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Artículo 13. Órganos competentes para la adscripción y desadscripción de bienes y derechos.

Artículo 13. Órganos competentes para la adscripción y desadscripción de bienes y derechos.

1. La adscripción y desadscripción de bienes y derechos demaniales de la Comunidad Autónoma de Galicia a las diferentes consejerías y entidades públicas instrumentales se acordará de oficio por la persona titular de la consejería competente en materia de patrimonio mediante orden, a iniciativa propia o a petición de la consejería o entidad interesada.

2. La desafectación de los bienes y derechos del dominio público significará su desadscripción orgánica, salvo en el supuesto del artículo 10.5 de la presente ley.

← Artículo 12 Índice Artículo 14 →