Legislación › Ley 5/2011, de 30 de septiembre, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Disposición adicional decimocuarta. Declaración de utilidad pública.
Disposición adicional decimocuarta. Declaración de utilidad pública.
A efectos de lo previsto en el artículo 9 de la Ley de expropiación forzosa, se declaran de utilidad pública las obras necesarias para la construcción y rehabilitación de los edificios administrativos, tal y como se definen en el artículo 96 de la presente ley, que dependan de la Comunidad Autónoma en su ámbito territorial.
Se añade por la disposición final 9 de la Ley 14/2013, de 26 de diciembre. BOE-A-2014-1586.
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