LexTotal

Legislación › Ley 5/2011, de 30 de septiembre, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Disposición adicional decimocuarta. Declaración de utilidad pública.

Disposición adicional decimocuarta. Declaración de utilidad pública.

A efectos de lo previsto en el artículo 9 de la Ley de expropiación forzosa, se declaran de utilidad pública las obras necesarias para la construcción y rehabilitación de los edificios administrativos, tal y como se definen en el artículo 96 de la presente ley, que dependan de la Comunidad Autónoma en su ámbito territorial.

Se añade por la disposición final 9 de la Ley 14/2013, de 26 de diciembre. BOE-A-2014-1586.

← Disposición adicional decimotercera Índice Disposición adicional decimoquinta →