Legislación › Ley 2/2004, de 25 de febrero, de Ficheros de Datos de Carácter Personal de Titularidad Pública y de Creación de la Agencia Vasca de Protección de Datos.
Disposición adicional tercera. Competencias del Ararteko y de la Agencia de Protección de Datos del Estado.
Disposición adicional tercera. Competencias del Ararteko y de la Agencia de Protección de Datos del Estado.
Lo dispuesto en esta ley se entiende sin perjuicio de las competencias que tengan atribuidas el Ararteko y la Agencia de Protección de Datos del Estado.


