Legislación › Ley 2/2004, de 25 de febrero, de Ficheros de Datos de Carácter Personal de Titularidad Pública y de Creación de la Agencia Vasca de Protección de Datos.
Disposición final. Desarrollo y aplicación.
Disposición final. Desarrollo y aplicación.
1. Se autoriza al Gobierno Vasco para el desarrollo y aplicación de lo dispuesto en esta ley.
2. Se autoriza al Departamento de Hacienda y Administración Pública para crear la sección presupuestaria correspondiente y para realizar, de acuerdo con la legislación reguladora del régimen presupuestario de la Comunidad Autónoma del País Vasco, las modificaciones presupuestarias precisas para la aplicación de lo dispuesto en esta ley.


