Legislación › Ley 3/2004, de 25 de febrero, del Sistema Universitario Vasco.
Artículo 20. Profesoras y profesores agregados.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de abril de 2004 y la del 3 de agosto de 2004.
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Artículo 20. Profesoras y profesores agregados.
1. Los candidatos y candidatas, para acceder a la condición de profesora o profesor agregado, habrán de acreditar las siguientes condiciones:
a) Estar en posesión del título de doctora o doctor.
b) Acreditar, al menos, tres años de actividad docente universitaria e investigadora.
c) Disponer de la evaluación positiva de la actividad docente e investigadora, que se fijará reglamentariamente por el Gobierno, acreditada con el informe de la Agencia de Evaluación de la Calidad y Acreditación del Sistema Universitario Vasco u organismo similar reconocido por la normativa vasca.
Téngase en cuenta que se suspende la vigencia y aplicación del apartado 1.c) desde el 11 de junio de 2004 para las partes del proceso y desde el 3 de agosto de 2004 para los terceros, por providencia del TC de 13 de julio de 2004 que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad 3799/2004 BOE-A-2004-14375.
2. La prueba de acceso constará de tres fases. La primera consistirá en la presentación y discusión con la comisión de los méritos e historial académico, docente e investigador de la candidata o candidato, así como de su proyecto docente e investigador, que incluirá el programa de una de las materias o especialidades del área de conocimiento de que se trate. La segunda consistirá en la exposición y debate con la comisión de un tema del programa presentado por la candidata o candidato y elegido por éste, de entre tres sacados a sorteo. La tercera prueba consistirá en la exposición y debate con la comisión de un trabajo original de investigación.
3. Los contratos de esta categoría del profesorado tendrán duración indefinida.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 15 de marzo de 2007 En vigor | BOE-A-2007-5440 | Leer | Qué cambió |
| 25 de noviembre de 2004 | BOE-A-2004-19931 | Leer | Qué cambió |
| 3 de agosto de 2004 | BOE-A-2004-14375 | Leer | Qué cambió |
| 1 de abril de 2004 | Texto original | Leer |


