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Ley 3/2004, de 25 de febrero, del Sistema Universitario Vasco.
En vigor Comunidad Autónoma del País Vasco · Publicada el 19 de noviembre de 2011 · Último cambio el 4 de julio de 2012 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Sistema universitario vasco.
- TÍTULO I
- CAPÍTULO PRIMERO
- Artículo 3. Servicio a la sociedad.
- Artículo 4. Autonomía.
- Artículo 5. Funcionamiento democrático.
- Artículo 6. Objetivos del sistema universitario vasco.
- Artículo 7. Principios informadores.
- Artículo 8. Derecho a la enseñanza y a la igualdad de oportunidades.
- CAPÍTULO SEGUNDO
- Artículo 9. Disposición general.
- Artículo 10. Estatutos y normas de organización y funcionamiento.
- CAPÍTULO TERCERO
- Artículo 11. Uso de las lenguas.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO PRIMERO
- Artículo 12. Comunidad universitaria.
- CAPÍTULO SEGUNDO
- Sección primera
- Artículo 13. Composición.
- Artículo 14. Categorías de personal docente e investigador contratado.
- Artículo 15. Porcentaje de personal docente e investigador contratado. 4 redacciones · cambió el 15/03/2007
- Sección segunda
- Artículo 16. Concurso público.
- Artículo 17. Convocatoria.
- Artículo 18. Comisiones de selección.
- Sección tercera
- Artículo 19. Profesoras y profesores plenos.
- Artículo 20. Profesoras y profesores agregados. 4 redacciones · cambió el 15/03/2007
- Artículo 21. Profesoras y profesores adjuntos. 4 redacciones · cambió el 15/03/2007
- Artículo 22. Profesoras y profesores colaboradores. 4 redacciones · cambió el 15/03/2007
- Artículo 23. Profesoras y profesores asociados.
- Artículo 24. Profesoras y profesores eméritos y visitantes.
- Artículo 25. Otros profesores o profesoras.
- Sección cuarta
- Artículo 26. Personal investigador no contratado.
- Artículo 27. Personal investigador contratado. 4 redacciones · cambió el 15/03/2007
- Sección quinta
- Artículo 28. Disposición general.
- Artículo 29. Régimen de dedicación del personal docente e investigador contratado.
- Artículo 30. Régimen jurídico del personal docente e investigador contratado.
- Artículo 31. Contenido de los contratos.
- Artículo 32. Licencias y excedencias.
- Sección sexta
- Artículo 33. Disposición general.
- Artículo 34. Retribuciones adicionales.
- CAPÍTULO TERCERO
- Artículo 35. Composición y régimen jurídico.
- Artículo 36. Retribuciones.
- CAPÍTULO CUARTO
- Sección primera
- Artículo 37. Acceso a la universidad.
- Artículo 38. Becas, créditos y ayudas al estudio.
- Artículo 39. Exenciones y reducciones de precios públicos.
- Sección segunda
- Artículo 40. Disposición general.
- Artículo 41. Derechos básicos.
- Artículo 42. Deberes básicos.
- Artículo 43. Derecho a la información académica.
- Artículo 44. Derecho a becas y créditos.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO PRIMERO
- Artículo 45. Principios generales.
- Artículo 46. Titulaciones. 4 redacciones · cambió el 15/03/2007
- Artículo 47. Los planes de estudios.
- Artículo 48. Elaboración y aprobación de los planes de estudios.
- Artículo 49. Convenios para la realización de enseñanzas prácticas.
- Artículo 50. Educación superior a lo largo de la vida.
- Artículo 51. Adaptación al espacio universitario europeo.
- CAPÍTULO SEGUNDO
- Sección primera
- Artículo 52. Tarea universitaria.
- Artículo 53. Transferencia de tecnología y de conocimientos.
- Artículo 54. Investigación concertada.
- Artículo 55. Universidad del País Vasco, agente de investigación.
- Artículo 56. Consejo Vasco de Investigación.
- Sección segunda
- Artículo 57. Composición del personal investigador.
- Artículo 58. El personal docente y la investigación.
- Artículo 59. Estructura de la investigación.
- Artículo 60. Evaluación.
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO PRIMERO
- Artículo 61. Creación, supresión y reconocimiento de universidades.
- Artículo 62. Facultades del departamento competente en materia de universidades.
- Artículo 63. Función inspectora.
- Artículo 64. El Defensor Universitario.
- CAPÍTULO SEGUNDO
- Artículo 65. Funciones.
- Artículo 66. Composición y funcionamiento.
- CAPÍTULO TERCERO
- Artículo 67. El Plan Universitario.
- Artículo 68. El Consejo de Coordinación de la Enseñanza Pública Universitaria.
- TÍTULO V
- Artículo 69. Naturaleza.
- Artículo 70. Funciones.
- Artículo 71. Composición.
- Artículo 72. Incompatibilidades.
- Artículo 73. Nombramiento y duración del mandato.
- Artículo 74. Organización.
- Artículo 75. Presupuesto.
- Artículo 76. Reglamento interno.
- Artículo 77. Naturaleza.
- TÍTULO VI
- CAPÍTULO PRIMERO
- Artículo 78. Función compartida.
- CAPÍTULO SEGUNDO
- Sección primera
- Artículo 79. Naturaleza y régimen jurídico. 2 redacciones · cambió el 04/07/2012
- Artículos 79 y 80.
- Artículo 80. Objeto y funciones. 2 redacciones · cambió el 04/07/2012
- Sección segunda
- Artículo 81. Estructura. 2 redacciones · cambió el 04/07/2012
- Artículos 81 a 88.
- Artículo 82. Composición del consejo de administración. 2 redacciones · cambió el 04/07/2012
- Artículo 83. Competencias del consejo de administración. 2 redacciones · cambió el 04/07/2012
- Artículo 84. El director o directora. 2 redacciones · cambió el 04/07/2012
- Artículo 85. Comisión de expertos. 2 redacciones · cambió el 04/07/2012
- Artículo 86. Financiación. 2 redacciones · cambió el 04/07/2012
- Artículo 87. Patrimonio. 2 redacciones · cambió el 04/07/2012
- Artículo 88. Código ético. 2 redacciones · cambió el 04/07/2012
- TÍTULO VII
- CAPÍTULO PRIMERO
- Artículo 89. Principios generales.
- CAPÍTULO SEGUNDO
- Sección primera
- Artículo 90. Estructura.
- Artículo 91. La aportación ordinaria.
- Artículo 92. Los contratos-programa.
- Artículo 93. Programa plurianual de inversión e infraestructuras.
- Sección segunda
- Artículo 94. Régimen general.
- Artículo 95. Precios públicos.
- Artículo 96. Otros precios por enseñanzas.
- Artículo 97. Contratos con otras entidades o personas físicas.
- Sección tercera
- Artículo 98. Concepto y alcance.
- Artículo 99. Contenido.
- Sección cuarta
- Artículo 100. Patrimonio.
- Artículo 101. Inventario de patrimonio.
- Artículo 102. Régimen general de contratación.
- Artículo 103. Expropiación forzosa.
- Sección quinta
- Artículo 104. Régimen presupuestario y contable.
- Artículo 105. Autorización de costes de personal.
- Artículo 106. Fiscalización de cuentas.
- Artículo 107. Transferencias de créditos, endeudamientos y garantías.
- TÍTULO VIII
- Artículo 108. Condiciones.
- Artículo 109. Reconocimiento.
- Artículo 110. Control.
- Artículo 111. Reconocimiento y supresión de centros y titulaciones.
- Artículo 112. Centros universitarios no públicos.
- Artículo 113. Del profesorado de las universidades no públicas. 4 redacciones · cambió el 15/03/2007
- Disposición adicional primera. Convocatoria de puestos de cuerpos docentes universitarios.
- Disposición adicional segunda. Incorporación de profesoras y profesores de otros niveles educativos a la universidad.
- Disposición adicional tercera. Del uso exclusivo de las denominaciones.
- Disposición adicional cuarta. Coeficiente de experimentalidad.
- Disposición adicional quinta. De las universidades no públicas.
- Disposición adicional sexta. Universidades de la Iglesia católica.
- Disposición adicional séptima. Estructura técnica para la negociación de convenios.
- Disposición adicional octava. Igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.
- Disposición adicional novena. Retribuciones del personal de administración y servicios.
- Disposición adicional décima. Instituto Vasco de Educación Física.
- Disposición transitoria primera. Renovación del Consejo Social de la Universidad del País Vasco.
- Disposición transitoria segunda. Profesoras y profesores asociados a tiempo completo a la entrada en vigor de la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades. 4 redacciones · cambió el 15/03/2007
- Disposición transitoria tercera. Profesoras y profesores colaboradores sin el informe positivo de la agencia de evaluación de la calidad correspondiente. 4 redacciones · cambió el 15/03/2007
- Disposición transitoria cuarta. Personal de administración y servicios.
- Disposición transitoria quinta. Personal funcionario de carrera y personal laboral fijo.
- Disposición transitoria sexta. Constitución de la Agencia de Evaluación de la Calidad y Acreditación del Sistema Universitario Vasco.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Firma


