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Legislación › Ley 3/2004, de 25 de febrero, del Sistema Universitario Vasco.

Artículo 48. Elaboración y aprobación de los planes de estudios.

Artículo 48. Elaboración y aprobación de los planes de estudios.

La elaboración y aprobación de los planes de estudios queda sujeta a la legislación básica aplicable. En cualquier caso, será necesario el informe previo de la Agencia de Evaluación de la Calidad y Acreditación del Sistema Universitario Vasco.

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