Legislación › Ley 3/2004, de 25 de febrero, del Sistema Universitario Vasco.
Artículo 46. Titulaciones.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de abril de 2004 y la del 3 de agosto de 2004.
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Artículo 46. Titulaciones.
1. Las enseñanzas que impartan las universidades darán lugar a la expedición de las siguientes titulaciones:
a) Títulos oficiales homologados por el Estado.
b) Títulos y diplomas propios de las universidades, regulados en sus estatutos.
c) Títulos propios de las universidades reconocidos por la Comunidad Autónoma, que sean organizados e impartidos conforme a lo que reglamentariamente se establezca.
d) Títulos propios de universidades, reconocidos oficialmente en otras comunidades autónomas, que sean organizados e impartidos de acuerdo con los convenios suscritos al efecto.
e) Títulos cuyos contenidos pueden permitir su homologación con otros títulos oficiales expedidos por universidades europeas de prestigio y que sean considerados por el Gobierno, a propuesta del Consejo Vasco de Universidades, de interés especial para el País Vasco, de acuerdo con lo que se establezca reglamentariamente.
f) Títulos homologables con títulos oficiales de otras universidades europeas, que se obtengan cursando asignaturas mediante procedimientos telemáticos, conforme a lo que se establezca reglamentariamente.
2. Asimismo, en el marco de la presente ley y la normativa que resulte de aplicación, las universidades podrán expedir el diploma de suplemento europeo del título.
3. En la implantación de nuevas titulaciones financiadas con fondos públicos, el establecimiento de los grupos se realizará utilizando el euskera como criterio preferente.
Téngase en cuenta que se suspende la vigencia y aplicación del apartado 1.c) y d) desde el 11 de junio de 2004 para las partes del proceso y desde el 3 de agosto de 2004 para los terceros, por providencia del TC de 13 de julio de 2004 que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad 3799/2004 BOE-A-2004-14375.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 15 de marzo de 2007 En vigor | BOE-A-2007-5440 | Leer | Qué cambió |
| 25 de noviembre de 2004 | BOE-A-2004-19931 | Leer | Qué cambió |
| 3 de agosto de 2004 | BOE-A-2004-14375 | Leer | Qué cambió |
| 1 de abril de 2004 | Texto original | Leer |


