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Legislación › Decreto Legislativo 1/2011, de 28 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de tributos cedidos por el Estado.

Artículo 4. Escala autonómica o complementaria del impuesto sobre la renta de las personas físicas.

Artículo 4. Escala autonómica o complementaria del impuesto sobre la renta de las personas físicas.

La escala autonómica aplicable a la base liquidable general del impuesto sobre la renta de las personas físicas será la siguiente:

Base liquidable

–

Hasta euros

Cuota íntegra

–

Euros

Resto base liquidable

–

Hasta euros

Tipo aplicable

–

Porcentaje

0,00 0,00 12.985,35 9,00 %
12.985,35 1.168,68 8.083,25 11,65 %
21.068,60 2.110,38 14.131,40 14,90 %
35.200,00 4.215,96 24.800,00 18,40 %
60.000,00 8.779,16 En adelante 22,50 %

Se modifica, con efectos desde el 1 de enero de 2022, por el art. 1 de la Ley 7/2022, de 27 de diciembre. BOE-A-2023-6382

Se modifica por el art. 1.1 de la Ley 18/2021, de 27 de diciembre. BOE-A-2022-3415

Se modifica por el art. 1 de la Ley 13/2015, de 24 de diciembre. BOE-A-2016-2017.

Se modifica por el art. 67.1 de la Ley 11/2013, de 26 de diciembre. BOE-A-2014-885.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2023 En vigor BOE-A-2023-6382 Leer Qué cambió
1 de enero de 2022 BOE-A-2022-3415 Leer Qué cambió
1 de enero de 2016 BOE-A-2016-2017 Leer Qué cambió
1 de enero de 2014 BOE-A-2014-885 Leer Qué cambió
21 de octubre de 2011 Texto original Leer

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