Legislación › Decreto Legislativo 1/2011, de 28 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de tributos cedidos por el Estado.
Artículo 4. Escala autonómica o complementaria del impuesto sobre la renta de las personas físicas.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2016 y la del 1 de enero de 2022.
Tachado: lo que se quitó (33 palabras). Subrayado: lo que se añadió (13 palabras).
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Artículo 4. Escala autonómica o complementaria del impuesto sobre la renta de las personas físicas.
La escala autonómica aplicable a la base liquidable general del impuesto sobre la renta de las personas físicas será la siguiente:
Base liquidable
– Hasta euros
·
Cuota íntegra
– Euros
·
Resto base liquidable
– Hasta euros
·
Tipo aplicable
– Porcentaje
·
0,00 0 ·
0,00 0 ·
12.450,00 ·
9,50 9,4 ·
12.450,00 ·
1.182,75 1.170,30 ·
7.750,00 ·
11,75 11,65 ·
20.200,00 ·
2.093,38 2.073,18 ·
·
7.500,00
·
15,50
·
27.700,00
·
3.255,88
7.500,00 15.000,00 ·
17 14,9 ·
35.200,00 ·
4.530,88 4.308,18 ·
·
12.400,00
·
18,50
·
47.600,00
·
6.824,88
12.400,00 24.800,00 ·
20,5 18,4 ·
60.000,00 ·
9.366,88 8.871,38 ·
En adelante ·
22,50 22,5 ·
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2023 En vigor | BOE-A-2023-6382 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2022 | BOE-A-2022-3415 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2016 | BOE-A-2016-2017 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2014 | BOE-A-2014-885 | Leer | Qué cambió |
| 21 de octubre de 2011 | Texto original | Leer |


