Legislación › Real Decreto 1636/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad Pública Empresarial Instituto Español de Comercio Exterior (ICEX).
Artículo 13. Funcionamiento del Consejo de Orientación Estratégica.
Artículo 13. Funcionamiento del Consejo de Orientación Estratégica.
1. El Consejo de Orientación Estratégica se reunirá, previa convocatoria de su presidente, cuando éste lo juzgue necesario y, al menos, una vez al año. La asistencia a las reuniones del Consejo de Orientación Estratégica no será retribuida. La persona titular de la presidencia podrá invitar a asistir al Consejo a aquellos representantes del sector público y privado que considere conveniente, de acuerdo con la naturaleza de los asuntos a tratar. Los representantes invitados tendrán voz, pero no voto.
2. En lo no previsto en esta norma, el Consejo ajustará su funcionamiento a las previsiones sobre órganos colegiados contenidas en la sección 3.ª del capítulo II de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Se modifica por el art. único.14 del Real Decreto 350/2025, de 30 de abril. BOE-A-2025-8646
Se modifica el apartado 1 por el art. único.10 del Real Decreto 608/2013, de 2 de agosto. BOE-A-2013-9353.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 2 de mayo de 2025 En vigor | BOE-A-2025-8646 | Leer | Qué cambió |
| 6 de septiembre de 2013 | BOE-A-2013-9353 | Leer | Qué cambió |
| 26 de noviembre de 2011 | Texto original | Leer |


