Legislación › Real Decreto 1636/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad Pública Empresarial Instituto Español de Comercio Exterior (ICEX).
Artículo 29. Contratación.
Artículo 29. Contratación.
1. La contratación de ICEX se sujetará a las prescripciones de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en los términos que resulten aplicables a su naturaleza de entidad pública empresarial y a que no tiene la condición de poder adjudicador.
2. Los contratos que celebre ICEX tendrán la consideración de contratos privados y las controversias que se susciten en relación con los mismos se resolverán conforme a lo previsto en el artículo 27 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre.
Se modifica por el art. único.27 del Real Decreto 350/2025, de 30 de abril. BOE-A-2025-8646
Se derogan las referencias a la condición de medio propio del último inciso del apartado 1 por la disposición derogatoria única.1 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre. BOE-A-2020-17340
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 2 de mayo de 2025 En vigor | BOE-A-2025-8646 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2021 | BOE-A-2020-17340 | Leer | Qué cambió |
| 26 de noviembre de 2011 | Texto original | Leer |


