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Legislación › Real Decreto 1637/2011, de 14 de noviembre, por el que se establece la composición, competencias y régimen de funcionamiento de la Comisión Filatélica del Estado y se regulan las emisiones de sellos de correo y otros signos de franqueo.

Artículo 2. Competencias.

Artículo 2. Competencias.

Son competencias de la Comisión Filatélica del Estado:

a) Elaborar el programa anual de emisiones de sellos de correo y demás signos de franqueo.

b) Proponer los temas de los sellos a emitir.

c) Realizar recomendaciones, informar propuestas normativas y cualquier otra cuestión que le sometan a consulta los Ministerios de Fomento y de Economía y Hacienda en materia filatélica.

d) Realizar un seguimiento de las emisiones de sellos y demás signos de franqueo efectuadas.

e) Impulsar y coordinar fórmulas de colaboración y de cooperación con otras instituciones y organismos de otros Estados en el ámbito de sus competencias.

f) Cualesquiera otras que, en materia filatélica, le atribuya la normativa vigente.

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