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Legislación › Ley 2/2003, de 7 de mayo, reguladora de las parejas de hecho.

Artículo 16. Régimen penitenciario.

Artículo 16. Régimen penitenciario.

La Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en el ámbito de sus competencias, velará por el tratamiento igualitario entre las parejas de hecho, sean del mismo o diferente sexo, y las parejas casadas en la aplicación de la normativa que regula los centros penitenciarios ubicados en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

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