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Legislación › Ley 2/2003, de 7 de mayo, reguladora de las parejas de hecho.

Artículo 7. Del acogimiento de menores.

Artículo 7. Del acogimiento de menores.

Los miembros de la pareja podrán, en los términos establecidos por la normativa vigente, formalizar el acogimiento de menores de forma conjunta con iguales derechos y deberes que las parejas unidas por matrimonio.

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