LexTotal

Legislación › Ley 7/2011, de 3 de noviembre, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía.

Artículo 14. Concepto de Patrimonio Documental de Andalucía.

Artículo 14. Concepto de Patrimonio Documental de Andalucía.

El Patrimonio Documental de Andalucía es el conjunto de los documentos producidos, recibidos o reunidos por las personas físicas o jurídicas, tanto públicas como privadas, ubicados en Andalucía, que poseen, por su origen, antigüedad o valor, interés para la Comunidad Autónoma.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
7 de abril de 2027 BOE-A-2026-9798 Leer Qué cambió
1 de diciembre de 2011 En vigor Texto original Leer

← Artículo 13 Índice Artículo 15 →