Legislación › Real Decreto 1709/2011, de 18 de noviembre, por el que se crea y regula el Foro de Cultura Inclusiva.
Artículo 2. Naturaleza jurídica.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de noviembre de 2011 y la del 12 de enero de 2013.
Tachado: lo que se quitó (18 palabras). Subrayado: lo que se añadió (16 palabras).
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Artículo 2. Naturaleza jurídica.
El Foro de Cultura Inclusiva es un órgano colegiado interministerial de carácter consultivo, adscrito a la persona titular del al Ministerio de Sanidad, Política Social Servicios Sociales e Igualdad, e integrado por representantes de los Ministerios del citado Ministerio y del Ministerio de Educación, Cultura y de Sanidad, Política Social e Igualdad, Deporte, así como por representantes del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, así como del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad, de los centros de referencia públicos y privados y de expertos en el ámbito de aplicación de la Estrategia.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 11 de septiembre de 2025 En vigor | BOE-A-2025-17928 | Leer | Qué cambió |
| 12 de enero de 2013 | BOE-A-2013-307 | Leer | Qué cambió |
| 30 de noviembre de 2011 | Texto original | Leer |


