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Legislación › Ley 7/2011, de 27 de octubre, del Turismo de Galicia.

Artículo 120. Regulación del procedimiento sancionador.

Artículo 120. Regulación del procedimiento sancionador.

En todo lo que no estuviera previsto en la presente ley y sus disposiciones de desarrollo, la tramitación del procedimiento sancionador se ajustará a los principios y procedimientos establecidos con carácter general en la normativa reguladora del ejercicio de la potestad sancionadora.

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