Legislación › Ley 7/2011, de 27 de octubre, del Turismo de Galicia.
Artículo 120. Regulación del procedimiento sancionador.
Artículo 120. Regulación del procedimiento sancionador.
En todo lo que no estuviera previsto en la presente ley y sus disposiciones de desarrollo, la tramitación del procedimiento sancionador se ajustará a los principios y procedimientos establecidos con carácter general en la normativa reguladora del ejercicio de la potestad sancionadora.


