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Ley 7/2011, de 27 de octubre, del Turismo de Galicia.

En vigor Comunidad Autónoma de Galicia · Publicada el 3 de diciembre de 2011 · Último cambio el 27 de diciembre de 2019 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. TÍTULO PRELIMINAR
  3. Artículo 1. Objeto y fines.
  4. Artículo 2. Ámbito de aplicación.
  5. TÍTULO I
  6. Artículo 3. Administraciones públicas competentes en materia de turismo.
  7. Artículo 4. Competencias de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia. 3 redacciones · cambió el 27/12/2019
  8. Artículo 5. Competencias municipales.
  9. Artículo 6. Competencias de las entidades locales supramunicipales.
  10. Artículo 7. Consejo del Turismo de Galicia.
  11. Artículo 8. Red Gallega de Oficinas de Turismo. 2 redacciones · cambió el 28/12/2018
  12. Artículo 9. Comunidades gallegas en el exterior.
  13. TÍTULO II
  14. Artículo 10. Concepto de usuaria o usuario turísticos.
  15. Artículo 11. Derechos de las usuarias y usuarios turísticos.
  16. Artículo 12. Derecho de información.
  17. Artículo 13. Derecho a la calidad de los bienes y servicios adquiridos.
  18. Artículo 14. Derecho a la seguridad.
  19. Artículo 15. Derecho a la tranquilidad e intimidad.
  20. Artículo 16. Derecho a formular quejas y reclamaciones.
  21. Artículo 17. Derecho de no discriminación.
  22. Artículo 18. Derechos de las usuarias y usuarios turísticos ante la administración.
  23. Artículo 19. Obligaciones de las usuarias y usuarios turísticos.
  24. TÍTULO III
  25. Artículo 20. Objetivos generales.
  26. Artículo 21. Recursos y productos turísticos. 2 redacciones · cambió el 28/12/2018
  27. Artículo 22. Plan de organización turística de Galicia.
  28. Artículo 23. Geodestinos turísticos.
  29. Artículo 24. Territorios de preferente actuación turística.
  30. Artículo 25. Procedimiento de declaración de territorio de preferente actuación turística.
  31. Artículo 26. Contenido del plan de actuación integral.
  32. Artículo 27. Declaración de municipios turísticos.
  33. Artículo 28. Servicios mínimos de los municipios turísticos.
  34. Artículo 29. Efectos de la declaración de municipio turístico.
  35. Artículo 30. Pérdida de la condición de municipio turístico.
  36. Artículo 31. Galicia como marca turística.
  37. Artículo 32. De la calidad turística.
  38. TÍTULO IV
  39. CAPÍTULO I
  40. Artículo 33. Concepto.
  41. Artículo 34. Derechos de las empresarias y empresarios turísticos.
  42. Artículo 35. Obligaciones de las empresarias y empresarios turísticos.
  43. CAPÍTULO II
  44. Artículo 36. Libertad de empresa, establecimiento y prestación de servicios.
  45. Artículo 37. Protección de los derechos de las personas en la actividad turística.
  46. Artículo 38. Protección del patrimonio natural y cultural de Galicia.
  47. Artículo 39. Intrusismo profesional.
  48. CAPÍTULO III
  49. Artículo 40. Clasificación.
  50. Artículo 41. Régimen general de inicio de la actividad turística.
  51. Artículo 42. Cambios sustanciales en las actividades turísticas sujetas a declaración responsable. 2 redacciones · cambió el 28/12/2018
  52. Artículo 43. Comunicación de cambios no sustanciales y cese de la actividad.
  53. Artículo 44. Actuación administrativa de comprobación.
  54. Artículo 45. Régimen específico para los campamentos de turismo.
  55. Artículo 46. Bajas de oficio y modificación de la clasificación.
  56. Artículo 47. Tramitación electrónica.
  57. Artículo 48. Facultad de dispensa.
  58. Artículo 49. Informe potestativo previo.
  59. Artículo 50. Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Comunidad Autónoma de Galicia.
  60. Artículo 51. Inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Comunidad Autónoma de Galicia. 2 redacciones · cambió el 31/12/2015
  61. Artículo 52. Régimen, comunicación y publicidad de precios.
  62. CAPÍTULO IV
  63. Artículo 53. Concepto.
  64. Artículo 54. Principio de unidad de explotación.
  65. Artículo 55. Tipos de establecimientos de alojamiento turístico.
  66. Artículo 56. Establecimientos hoteleros.
  67. Artículo 57. Hoteles.
  68. Artículo 58. Clasificación.
  69. Artículo 59. Hotel apartamento.
  70. Artículo 60. Hotel balneario.
  71. Artículo 61. Hotel talaso.
  72. Artículo 62. Pensiones.
  73. Artículo 63. Posadas.
  74. Artículo 64. Apartamentos turísticos.
  75. Artículo 65. Viviendas turísticas.
  76. Artículo 65 bis. Viviendas de uso turístico. 3 redacciones · cambió el 27/12/2019
  77. Artículo 66. Campamentos de turismo. 2 redacciones · cambió el 31/12/2015
  78. Artículo 67. Establecimientos de turismo rural.
  79. Artículo 68. Agroturismo.
  80. Artículo 69. Hospederías rurales.
  81. Artículo 70. Pazos y otras edificaciones singulares.
  82. Artículo 71. Casas rurales.
  83. Artículo 72. Aldeas de turismo rural.
  84. Artículo 73. Régimen de explotación.
  85. Artículo 74. Albergue turístico.
  86. CAPÍTULO V
  87. Artículo 75. Concepto. 2 redacciones · cambió el 31/12/2015
  88. Artículo 76. Exclusiones.
  89. Artículo 77. Clasificación.
  90. Artículo 78. Restaurantes.
  91. Artículo 79. Cafeterías.
  92. Artículo 80. Bares.
  93. CAPÍTULO VI
  94. Artículo 81. Concepto.
  95. Artículo 82. Clasificación.
  96. Artículo 83. Agencias de viaje.
  97. Artículo 84. Clasificación de las agencias de viajes.
  98. Artículo 85. Centrales de reservas.
  99. Artículo 86. Garantías.
  100. CAPÍTULO VII
  101. Artículo 87. Complejos turísticos.
  102. TÍTULO V
  103. Artículo 88. Concepto y requisitos. 3 redacciones · cambió el 28/12/2018
  104. TÍTULO VI
  105. Artículo 89. Concepto.
  106. Artículo 90. De las guías y los guías de turismo.
  107. TÍTULO VII
  108. CAPÍTULO I
  109. Artículo 91. Competencias y principios de actuación.
  110. CAPÍTULO II
  111. Artículo 92. Medidas de promoción turística.
  112. Artículo 93. Fiestas de interés turístico de Galicia.
  113. Artículo 94. Fomento del turismo.
  114. Artículo 95. Ayudas y subvenciones.
  115. Artículo 96. Fomento de los estudios turísticos.
  116. TÍTULO VIII
  117. CAPÍTULO I
  118. Artículo 97. Ámbito de actuación de la inspección turística.
  119. Artículo 98. Escala de inspección turística.
  120. Artículo 99. Funciones de la inspección turística.
  121. Artículo 100. Facultades de las inspectoras e inspectores de turismo. 2 redacciones · cambió el 28/12/2018
  122. Artículo 101. Deberes de las personas titulares de empresas y actividades turísticas y del personal a su servicio.
  123. Artículo 102. Deberes del personal de la inspección turística.
  124. Artículo 103. Coordinación interadministrativa.
  125. Artículo 104. Formalización de la actuación inspectora.
  126. Artículo 105. Actas de inspección y de infracción. 2 redacciones · cambió el 28/12/2018
  127. Artículo 106. Cierre de establecimientos y suspensión de actividades.
  128. CAPÍTULO II
  129. Sección 1
  130. Artículo 107. Sujetos responsables.
  131. Artículo 108. Concurrencia de sanciones y vinculaciones con el orden jurisdiccional penal.
  132. Sección 2
  133. Artículo 109. Infracciones leves. 2 redacciones · cambió el 31/12/2015
  134. Artículo 110. Infracciones graves. 2 redacciones · cambió el 28/12/2018
  135. Artículo 111. Infracciones muy graves.
  136. Artículo 112. Reincidencia.
  137. Artículo 113. Prescripción de las infracciones.
  138. Sección 3
  139. Artículo 114. Determinación de las sanciones.
  140. Artículo 115. Sanciones accesorias.
  141. Artículo 116. Graduación de las sanciones.
  142. Artículo 117. Publicidad de las sanciones.
  143. Artículo 118. Prescripción de las sanciones.
  144. Artículo 119. Órganos competentes para la imposición de sanciones.
  145. Sección 4
  146. Artículo 120. Regulación del procedimiento sancionador.
  147. Artículo 121. Conciliación, reparación y rectificación.
  148. Artículo 122. Incoación del procedimiento sancionador.
  149. Artículo 123. Medidas provisionales.
  150. Artículo 124. Resolución del procedimiento sancionador.
  151. Artículo 125. Ejecución de las resoluciones sancionadoras.
  152. TÍTULO IX
  153. Artículo 126. Arbitraje.
  154. Disposición adicional primera. Consejo del Turismo de Galicia.
  155. Disposición adicional segunda. Trabajo en igualdad.
  156. Disposición adicional tercera. Actualización de la cuantía de las sanciones.
  157. Disposición adicional cuarta. Agencia de Turismo de Galicia.
  158. Disposición adicional quinta. Albergues de peregrinos de los caminos de Santiago.
  159. Disposición transitoria primera. Régimen transitorio.
  160. Disposición transitoria segunda. Procedimientos sancionadores iniciados antes de la entrada en vigor de la presente ley.
  161. Disposición transitoria tercera. Adaptación de los albergues de peregrinos de los caminos de Santiago a la normativa de desarrollo de la ley.
  162. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  163. Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
  164. Disposición final segunda. Entrada en vigor.
  165. [Firma]
  166. [Información relacionada]