Legislación › Ley 7/2011, de 27 de octubre, del Turismo de Galicia.
Artículo 61. Hotel talaso.
Artículo 61. Hotel talaso.
Son hoteles talasos aquellos establecimientos hoteleros que cuenten con instalaciones de tratamiento de agua del mar como elemento diferenciador de su oferta y demás requisitos que señale la normativa que los regule.


