Legislación › Ley 7/2011, de 27 de octubre, del Turismo de Galicia.
Artículo 117. Publicidad de las sanciones.
Artículo 117. Publicidad de las sanciones.
Las sanciones por infracciones graves y muy graves que conlleven la suspensión de la actividad turística o del ejercicio profesional serán publicadas en el «Diario Oficial de Galicia», una vez que hayan adquirido firmeza.


