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Legislación › Ley 7/2011, de 27 de octubre, del Turismo de Galicia.

Artículo 84. Clasificación de las agencias de viajes.

Artículo 84. Clasificación de las agencias de viajes.

Las agencias de viajes se clasifican en las siguientes categorías:

1. Mayoristas: son las que organizan y/o comercializan servicios y viajes combinados para ofrecerlos a las agencias minoristas, no pudiendo ofrecer directamente sus productos al usuario turístico.

2. Minoristas: son las que comercializan el producto ofrecido por agencias mayoristas con la venta directa al usuario, o bien organizan y/o comercializan servicios sueltos o viajes combinados, no pudiendo ofrecer sus productos a otras agencias.

3. Mayoristas-minoristas: son las que prestan servicios propios de ambos tipos de agencias.

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