Legislación › Ley 7/2011, de 27 de octubre, del Turismo de Galicia.
Artículo 81. Concepto.
Artículo 81. Concepto.
Son empresas de intermediación turística aquellas que, reuniendo los requisitos que se determinen reglamentariamente, se dediquen profesional y habitualmente al ejercicio de actividades de asesoramiento, mediación y organización de servicios turísticos, con la posibilidad de que utilicen medios propios para llevarlas a cabo.


