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Legislación › Ley 7/2011, de 27 de octubre, del Turismo de Galicia.

Artículo 81. Concepto.

Artículo 81. Concepto.

Son empresas de intermediación turística aquellas que, reuniendo los requisitos que se determinen reglamentariamente, se dediquen profesional y habitualmente al ejercicio de actividades de asesoramiento, mediación y organización de servicios turísticos, con la posibilidad de que utilicen medios propios para llevarlas a cabo.

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