Legislación › Real Decreto 1691/2011, de 18 de noviembre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura y se fijan sus enseñanzas mínimas.
ANEXO V B)
Comparación entre la redacción en vigor desde el 17 de diciembre de 2011 y la del 29 de mayo de 2024.
Tachado: lo que se quitó (7 palabras). Subrayado: lo que se añadió (21 palabras).
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ANEXO V.B)
Correspondencia de los módulos profesionales con las y unidades de competencia para su acreditación
Módulos profesionales superados ·
Unidades de competencia acreditables ·
0800. Control de las emergencias. 0802. Organización de la asistencia sanitaria a bordo. ·
UC0751_3: Planificar y controlar las situaciones de emergencia.
UC0752_3: Organizar y aplicar la asistencia sanitaria reconociendo los cuadros médicos que se presenten.
·
0179. Inglés. Inglés profesional (GS). ·
UC0753_3: UC9999_3: Comunicarse en inglés lengua inglesa con un nivel de usuario independiente (B1), según el marco común europeo de referencia para las lenguas, en actividades marítimo-pesqueras. el ámbito profesional. ·
0803. Administración y gestión del buque y de la actividad pesquera. ·
UC0747_3: Planificar y gestionar la administración del buque para el transporte y la pesca. ·
0798. Maniobra y estiba.
0799. Navegación, gobierno y comunicaciones del buque.
0804. Guardia de puente.
·
UC0748_3: Planificar y dirigir las maniobras del buque y determinar la estabilidad y el asiento.
UC0749_3: Planificar y dirigir la navegación.
·
0805.Pesca de altura y gran altura. ·
UC0750_3: Planificar y dirigir las operaciones extractivas, de producción y conservación de la pesca. ·
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 29 de mayo de 2024 En vigor | BOE-A-2024-10685 | Leer | Qué cambió |
| 17 de diciembre de 2011 | Texto original | Leer |


