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Legislación › Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco.

Artículo 85. Planes y programas.

Artículo 85. Planes y programas.

Como instrumentos de ejecución de la política ambiental, las distintas Administraciones públicas vascas elaborarán los planes y/o programas que fijarán objetivos, plazos y actuaciones públicas y privadas, con indicación de los órganos responsables y las previsiones económico-financieras.

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