Legislación › Ley 6/1998, de 13 de marzo, de Pesca Marítima.
Disposición adicional primera.
Disposición adicional primera.
Se faculta al Gobierno Vasco para que regule el ejercicio de la pesca de la angula en el ámbito de su competencia.
Legislación › Ley 6/1998, de 13 de marzo, de Pesca Marítima.
Disposición adicional primera.
Se faculta al Gobierno Vasco para que regule el ejercicio de la pesca de la angula en el ámbito de su competencia.
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