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Legislación › Ley 11/2011, de 5 de diciembre, por la que se regula el uso de la lengua de signos española y los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y con sordoceguera en Andalucía.

Artículo 4. Ámbito de aplicación.

Artículo 4. Ámbito de aplicación.

Esta Ley se aplicará en los siguientes ámbitos:

a) Bienes y servicios a disposición del público.

b) Transportes.

c) Relaciones con las Administraciones Públicas.

d) Administración de Justicia.

e) Participación política.

f) Medios de comunicación social, telecomunicaciones y sociedad de la información.

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