Legislación › Ley 11/2011, de 5 de diciembre, por la que se regula el uso de la lengua de signos española y los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y con sordoceguera en Andalucía.
Artículo 4. Ámbito de aplicación.
Artículo 4. Ámbito de aplicación.
Esta Ley se aplicará en los siguientes ámbitos:
a) Bienes y servicios a disposición del público.
b) Transportes.
c) Relaciones con las Administraciones Públicas.
d) Administración de Justicia.
e) Participación política.
f) Medios de comunicación social, telecomunicaciones y sociedad de la información.


