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Real Decreto 1889/2011, de 30 de diciembre, por el que se regula el funcionamiento de la Comisión de Propiedad Intelectual.
Derogada o sin vigencia Ministerio de la Presidencia · Publicada el 31 de diciembre de 2011 · Último cambio el 20 de diciembre de 2023 · Ver en el BOE
Índice
- co 2 redacciones · cambió el 20/12/2023
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- CAPÍTULO II
- Artículo 2. Funciones y régimen jurídico. 2 redacciones · cambió el 14/11/2015
- Artículo 3. Composición de la Sección Primera. 2 redacciones · cambió el 14/11/2015
- CAPÍTULO III
- Artículo 4. La solicitud de mediación. 2 redacciones · cambió el 14/11/2015
- Artículo 5. Negociaciones y propuesta en la mediación. 2 redacciones · cambió el 14/11/2015
- Artículo 6. Terminación del procedimiento. 2 redacciones · cambió el 14/11/2015
- CAPÍTULO IV
- Artículo 7. La solicitud de arbitraje. 2 redacciones · cambió el 14/11/2015
- Artículo 8. Procedimiento arbitral. 2 redacciones · cambió el 14/11/2015
- Artículo 9. Terminación del procedimiento. 2 redacciones · cambió el 14/11/2015
- CAPÍTULO V
- Artículo 10. Procedimiento aplicable. 2 redacciones · cambió el 14/11/2015
- Artículo 11. Solicitud de arbitraje para fijar una cantidad sustitutoria de las tarifas generales. 2 redacciones · cambió el 14/11/2015
- Artículo 12. Desarrollo del procedimiento. 2 redacciones · cambió el 14/11/2015
- CAPÍTULO VI
- Artículo 13. Funciones de la Sección Segunda.
- Artículo 14. Composición de la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 15. Ámbito de aplicación.
- Artículo 16. Disposiciones generales.
- Artículo 17. Fase preliminar del procedimiento.
- Artículo 18. Identificación del responsable mediante la localización del servicio de la sociedad de la información.
- Artículo 19. Iniciación del procedimiento.
- Artículo 20. Retirada voluntaria y fase de alegaciones. 2 redacciones · cambió el 15/07/2013
- Artículo 21. Fase de prueba y conclusiones.
- Artículo 22. Resolución del procedimiento.
- Artículo 23. Autorización judicial para la ejecución de la resolución.
- Artículo 24. Ejecución de la resolución.
- Disposición adicional única. Uso preferente de medios de comunicación electrónicos.
- Disposición transitoria única. Miembros de la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Presupuesto para la puesta en funcionamiento de la Comisión de Propiedad Intelectual.
- Disposición final tercera. Facultad de desarrollo.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- Firma
- ANEXO I
- ANEXO II
- ANEXO III
- ANEXO IV


