Legislación › Real Decreto 1889/2011, de 30 de diciembre, por el que se regula el funcionamiento de la Comisión de Propiedad Intelectual.
ANEXO IV
ANEXO IV
INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL MODELO OFICIAL «SOLICITUD DE INICIACIÓN DE PROCEDIMIENTO DE SALVAGUARDA DE DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL EN PÁGINAS DE INTERNET (ARTÍCULO 158.4 del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual)»
(1) SOLICITANTE:
Se acompañará acreditación, en su caso, de la encomienda de gestión o de la representación del titular. En el caso de que el titular de los derechos de propiedad intelectual haya encomendado la gestión de los mismos a una entidad de gestión de las reconocidas en el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, será de aplicación lo dispuesto en el artículo 150 de dicho cuerpo legal.
De acuerdo con lo dispuesto en la Orden ministerial por la que se establezca la obligatoriedad de los interesados en el procedimiento de salvaguarda de los derechos de propiedad intelectual de comunicarse con la Comisión de Propiedad Intelectual por medios electrónicos:
– Sólo se admitirá la presentación en papel de la solicitud en el caso de que el solicitante sea una persona física titular de derechos de propiedad intelectual, u otra persona física que inicie el procedimiento en representación de aquélla.
– Las notificaciones relacionadas con este procedimiento se realizarán por medios electrónicos en caso de que el solicitante sea o actúe en representación de una persona jurídica, o bien sea una persona física y haya seleccionado este tipo de notificación. A tal efecto, se creará al solicitante un buzón electrónico al que podrá acceder con su certificado electrónico en https://notificaciones.060.es. De cada notificación realizada recibirá un aviso en la dirección de correo electrónico indicada en la solicitud.
(2) OBRA O PRESTACIÓN:
Se identificarán la obra o prestación objeto de la solicitud. Se acompañará:
– Acreditación, por cualquier medio de prueba admisible en derecho, de la titularidad del derecho de propiedad intelectual alegado. En caso de derechos con más de un titular, deberán facilitarse los datos de identificación de los otros titulares que el solicitante conozca.
– Acreditación, por cualquier medio de prueba admisible en derecho, de que la obra o prestación alegada está siendo objeto de explotación, lucrativa o no, a través de dicho servicio, identificando, describiendo y ubicando dicha actividad.
– Declaración de que no ha sido concedida autorización para la explotación realizada en el servicio de la sociedad de la información objeto de la solicitud.
(3) SERVICIO. SOC. INF. CONTRA EL QUE SE SOLICITA EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO:
Se indicarán todos los datos de los que disponga el solicitante que permitan o coadyuven a identificar al responsable mediante la localización del o de los servicios de la sociedad de la información contra los que se dirige el procedimiento, y que permitan establecer comunicación con la o las páginas Web que prestan el o los servicios, incluyendo los datos del correspondiente prestador de servicios de intermediación de la sociedad de la información. Se acompañará:
– Justificación de la concurrencia, directa o indirecta, en cada uno de los servicios a los que se refiera la solicitud, de ánimo de lucro o de un daño causado o que podría causarse a los titulares y que no tengan la obligación legal de soportar.
– En su caso, todos los datos disponibles sobre los servicios y que evidencien la concurrencia de responsabilidad según lo establecido en el artículo 17 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico.
– Cualquier otra circunstancia relevante en el procedimiento cuyo inicio se solicita, incluida la proposición de aquellas pruebas o comprobaciones que el solicitante estime oportunas en defensa de su derecho, sin perjuicio de su derecho a proponerlas en cualquier momento del procedimiento anterior al trámite de audiencia previsto en el artículo 21 del Real Decreto 1889/2011, de 30 de diciembre, por el que se regula el funcionamiento de la Comisión de Propiedad Intelectual.
PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL: en cumplimiento del art. 5.1 de la L.O. 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa que los datos facilitados por Vd. van a ser introducidos en un fichero del que es responsable la Subdirección General de Propiedad Intelectual del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (Plaza del Rey, 1, Madrid), a donde Vd. podrá dirigirse a ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición con arreglo a lo previsto en dicha Ley. Asimismo se le informa que los datos facilitados por Vd. a través del presente formulario no van a ser cedidos a ningún otro organismo, sin perjuicio de los trámites previstos legal y reglamentariamente en el procedimiento que Vd. inicia, y del derecho de los ciudadanos a conocer en cualquier momento, el estado de la tramitación de los procedimientos en los que tengan la condición de interesados, y a obtener copias de documentos contenidos en ellos, establecido en el art. 35.a) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 24, de 28 de enero de 2012. BOE-A-2012-1314.


