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Legislación › Ley 16/1998, de 25 de junio, de Cofradías de Pescadores.

Artículo 39. Composición.

Artículo 39. Composición.

1. Podrán ser miembros de la federación las cofradías ubicadas en su respectivo ámbito territorial, previo acuerdo favorable de su Asamblea General.

2. La Federación de Cofradías del País Vasco estará integrada por las Federaciones de Bizkaia y Gipuzkoa, previo acuerdo de sus Asambleas Generales.

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