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Legislación › Ley 16/2010, de 28 de diciembre, de salud pública de las Illes Balears.

Artículo 22. Régimen económico.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 5 de enero de 2011 y la del 1 de enero de 2012. Tachado: lo que se quitó (67 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 22. Órganos.
1. Son órganos centrales de la Agencia de Salud Pública de las Illes Balears:
a) El presidente.
b) El consejo rector.
c) El director ejecutivo.
2. Son órganos periféricos los directores de los centros insulares de salud de las islas de Menorca, Ibiza y Formentera.
3. La Agencia de Salud Pública de las Illes Balears tiene un consejo asesor sobre aspectos técnicos y científicos de salud pública.
(Derogado).

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
9 de noviembre de 2021 En vigor BOE-A-2021-19806 Leer Qué cambió
1 de enero de 2012 BOE-A-2012-2272 Leer Qué cambió
5 de enero de 2011 Texto original Leer

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