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Legislación › Ley 1/2009, de 11 de marzo, de transporte marítimo de pasajeros de la Región de Murcia.

Artículo 3. Derechos de los usuarios.

Artículo 3. Derechos de los usuarios.

Todos los usuarios de los servicios de transporte marítimo de pasajeros tienen derecho a:

a) Acceder, en condiciones no discriminatorias, a la prestación de los servicios de transporte marítimo de pasajeros abiertos al uso público, de acuerdo con su legislación reguladora.

b) Ser informado de los itinerarios, precios y demás condiciones relativas a la prestación de estos servicios.

c) Formular reclamación en el Libro correspondiente conforme a la normativa en materia de defensa del consumidor.

d) Ser indemnizado por los daños ocasionados en el curso de la navegación o en las operaciones de embarque y desembarque, tanto daños personales como por la destrucción, pérdida o avería de sus equipajes facturados o mercancías.

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