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Legislación › Ley 1/2009, de 11 de marzo, de transporte marítimo de pasajeros de la Región de Murcia.

Artículo 4. Obligaciones.

Artículo 4. Obligaciones.

Los usuarios de los servicios de transporte marítimo de pasajeros están obligados a:

a) Respetar y realizar un uso racional y adecuado a su finalidad de los medios materiales aplicados a la prestación de los servicios.

b) Abonar los precios establecidos por la prestación de los servicios.

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