Legislación › Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia.
Artículo 90. Personal.
Artículo 90. Personal.
El personal de las entidades públicas empresariales se sujetará al régimen previsto en el artículo 58 de la presente ley.


