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Legislación › Ley 4/2009, de 14 de mayo, de protección ambiental integrada.

Artículo 70. Presentación de la declaración responsable de actividad.

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Artículo 70. Integración en el procedimiento Presentación de autorización ambiental autonómica. la declaración responsable de actividad.
1. La tramitación declaración responsable de actividad podrá presentarse una vez concluidas las obras y las instalaciones necesarias y, en su caso, obtenidas las autorizaciones o realizadas las actuaciones exigidas por la licencia normativa de actividad se llevará a cabo carácter sectorial aplicable a través del procedimiento la instalación o actividad, y antes de autorización ambiental autonómica, que comience el ejercicio de la actividad o fase de explotación.
2. Se formalizará de acuerdo
con el modelo aprobado que a tal efecto, que se encontrará disponible en la participación página web del correspondiente ayuntamiento.
El
ayuntamiento velará para que los requisitos que deben constar estén recogidos de manera expresa, clara y precisa en la determinación declaración responsable de las condiciones a que debe sujetarse actividad.
3. En
la actividad en los aspectos de declaración responsable el interesado manifestará bajo su competencia, salvo responsabilidad que cumple con los requisitos establecidos en lo referente a la resolución definitiva normativa aplicable para el ejercicio de la autoridad municipal concediendo actividad que se dispone a iniciar, que posee la licencia. documentación que así lo acredita y que se compromete a mantener su cumplimiento durante todo el periodo de tiempo que dure el ejercicio de la actividad.
2. No obstante 4. Sin perjuicio de lo establecido señalado en el apartado anterior, si la declaración responsable, debidamente suscrita por el Ayuntamiento no ha informado dentro del plazo establecido en los aspectos interesado, deberá acompañarse al menos de su competencia, ni tampoco antes del otorgamiento la siguiente documentación:
a) Memoria descriptiva
de la autorización ambiental autonómica, no podrá actividad.
b) Certificación emitida por técnico competente, debidamente identificado mediante nombre y apellidos, titulación y documento nacional de identidad, en
la autoridad municipal conceder que se acredite la licencia adecuación de la instalación a la actividad sin comprobar previamente que vaya a desarrollarse, y el cumplimiento de las ordenanzas locales, así como los requisitos establecidos por la adecuación normativa sectorial de aplicación.
La certificación incluirá un pronunciamiento expreso sobre
la actividad en los aspectos compatibilidad de su competencia relativos a la prevención instalación con el planeamiento y normativa urbanística.
c) Justificación
de incendios, seguridad haber obtenido las autorizaciones o sanidad y urbanismo. formalizado las comunicaciones o declaraciones exigibles por la normativa de carácter sectorial.
3. La autorización ambiental autonómica no prejuzga en este d) En el caso sobre las condiciones de ejercicio actividades potencialmente contaminadoras de la actividad que resulten exigibles en virtud atmósfera sujetas a notificación (grupo C del anexo IV de las ordenanzas locales, o que puedan derivarse la Ley 34/2007, de las competencias municipales en materia 15 de prevención noviembre, de incendios, seguridad o sanidad, y urbanismo, calidad del aire y así se hará constar expresamente en protección de la autorización ambiental autonómica. atmósfera), justificación de haber realizado la misma ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma.
4. Se dará e) Si se trata de una actividad sujeta a comunicación previa audiencia al interesado si, como consecuencia inicio de la comprobación a que se refiere actividad de producción y gestión de residuos (artículo 29 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados), justificación de haber realizado dicha comunicación previa ante el apartado 2, se imponen en órgano competente de la licencia Comunidad Autónoma.
f) Autorización municipal
de actividad condiciones que no estuvieran contempladas en vertidos industriales a la autorización ambiental autonómica. En otro caso, podrá prescindirse del trámite red de audiencia, sin perjuicio saneamiento, cuando resulte exigible.
g) Autorización o concesión para la ocupación o utilización
del derecho dominio público, cuando resulte exigible.
h) Justificante
del interesado a ser oído y alegar cuanto estime procedente a su derecho en la tramitación pago de la autorización ambiental autonómica. tasa, cuando resulte exigible.
5. Son nulas Los ayuntamientos, a través de pleno derecho las licencias sus ordenanzas, podrán especificar o ampliar el alcance que ha de actividad tener la declaración responsable en cuanto al cumplimiento de otros requisitos exigidos por la normativa aplicable para el funcionamiento de la actividad, o desarrollar la documentación que se concedan sin ha de acompañar a la previa autorización ambiental autonómica, cuando resulte exigible. declaración responsable.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
25 de julio de 2018 En vigor BOE-A-2018-10512 Leer Qué cambió
17 de febrero de 2017 BOE-A-2017-2468 Leer Qué cambió
23 de abril de 2016 BOE-A-2016-50341 Leer Qué cambió
1 de enero de 2010 Texto original Leer

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