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Legislación › Ley 4/2009, de 14 de mayo, de protección ambiental integrada.

Artículo 85. Órgano ambiental y órgano sustantivo.

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Artículo 85. Decisión caso por caso. Órgano ambiental y órgano sustantivo.
1. Cuando el órgano ambiental deba pronunciarse sobre Corresponde a la necesidad Consejería con competencias en materia de que un proyecto medio ambiente ejercer las funciones de órgano ambiental cuando se someta a trate de la evaluación ambiental, el promotor del proyecto deberá solicitar dicho pronunciamiento acompañando un documento ambiental del proyecto con, al menos, el siguiente contenido: la definición, características y ubicación del proyecto; las principales alternativas estudiadas; un análisis de impactos potenciales en el medio ambiente; las medidas preventivas, correctoras proyectos que deban ser adoptados, aprobados o compensatorias para autorizados por la adecuada protección del medio ambiente; y Comunidad Autónoma de la forma Región de realizar el seguimiento Murcia o las entidades locales de su ámbito territorial, o que garantice el cumplimiento deban ser objeto de declaración responsable o comunicación previa ante las indicaciones y medidas protectoras y correctoras contenidas en el documento ambiental. mismas.
La solicitud se presentará ante el 2. Para la determinación del órgano sustantivo, sustantivo autonómico o municipal en el cual, a la vista ámbito de la documentación anterior, podrá denegar la petición, previa audiencia al interesado, si pone ya Región de manifiesto razones suficientes para ello basadas Murcia, se tendrán en la normativa sectorial que resulte aplicable cuenta sucesivamente las siguientes reglas:
a) En primer lugar, cuando el proyecto esté sometido a autorización o aprobación del órgano autonómico competente
por razón de la materia. En caso contrario, cursará la documentación al órgano ambiental, materia, será este el que comunicará tenga la fecha condición de su recepción al interesado.
2. El
órgano ambiental, previa consulta sustantivo a las administraciones, personas e instituciones afectadas por la realización del proyecto, se pronunciará efectos de forma motivada, en el plazo evaluación de tres meses, ajustándose a los criterios establecidos al efecto por la legislación básica estatal, mediante decisión que se hará pública. impacto ambiental.
b) Cuando se determine que el proyecto se debe someter trate de instalaciones sujetas al procedimiento Real Decreto 840/2015, de evaluación ambiental 21 de proyectos, se comunicará al promotor la decisión, así como la amplitud y septiembre, por el nivel que se aprueban medidas de detalle del estudio control de impacto ambiental, junto con las contestaciones recibidas los riesgos inherentes a las consultas efectuadas, para los accidentes graves en los que continúe con la tramitación.
3. Transcurrido el plazo de tres meses desde la recepción de la solicitud por el
intervengan sustancias peligrosas, será órgano ambiental, sin que éste comunique su decisión al promotor, éste podrá entender que el proyecto está sujeto a evaluación de impacto ambiental, elaborando sustantivo el estudio órgano autonómico competente en materia de impacto ambiental sobre la base accidentes graves.
c) Cuando se trate
de los documentos tipo relativos proyectos sometidos a la amplitud y nivel de detalle autorización ambiental autonómica, distintos de los estudios de impacto ambiental, que publique anteriores, el órgano sustantivo será la Consejería con competencias en materia de medio ambiente. No obstante, ambiente si el municipio en que se ubica la notificación del documento relativo al alcance instalación no supera los 50.000 habitantes; y nivel de detalle del estudio de impacto ambiental, recibida fuera de plazo, deberá ser tenida en cuenta por el promotor, que deberá ayuntamiento en su caso completar el estudio aquellos municipios de impacto población superior a 50.000 habitantes.
d) En los proyectos no sometidos a autorización ambiental autonómica, distintos de los previstos
en lo que proceda. los apartados a) y b), el ayuntamiento».

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2 de junio de 2022 En vigor BOE-A-2022-11316 Leer Qué cambió
23 de junio de 2021 BOE-A-2021-90231 Leer Qué cambió
5 de agosto de 2020 BOE-A-2020-9795 Leer Qué cambió
10 de mayo de 2020 BOE-A-2020-90160 Leer Qué cambió
11 de noviembre de 2018 BOE-A-2019-363 Leer Qué cambió
17 de febrero de 2017 BOE-A-2017-2468 Leer Qué cambió
23 de abril de 2016 BOE-A-2016-90341 Leer Qué cambió
1 de enero de 2010 Texto original Leer

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